
A continuación se relaciona el baremo que se aplica a las solicitudes de admisión para Bachillerato con el fin de determinar el orden de admisión.
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CRITERIOS | Puntos | |
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Rentas anuales de la unidad familiar |
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Renta per cápita inferior al resultado de dividir por 4 el salario mínimo interprofesional |
2 | |
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Renta per cápita comprendida entre el resultado de dividir por 4 el salario mínimo interprofesional y el resultado de dividir por 3 dicho salario |
1,5 | |
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Renta per cápita comprendida entre el resultado de dividir por 3 el salario mínimo interprofesional y el resultado de dividir por 2 dicho salario |
1 | |
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Renta per cápita comprendida entre el resultado de dividir por 2 el salario mínimo interprofesional y el resultado de dividir por 1,5 dicho salario |
0,5 | |
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Renta per cápita superiores al resultado de dividir por 1,5 el salario mínimo interprofesional |
0 | |
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Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de padres o tutores legales |
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Domicilio familiar o lugar de trabajo en el área de influencia en la que está ubicado el centro |
8 | |
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Domicilio familiar o lugar de trabajo en las áreas limítrofes al área de influencia en la que está ubicado el centro solicitado |
5 | |
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Domicilio familiar o lugar de trabajo situado en otras zonas |
0 | |
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Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo |
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Por cada hermano matriculado en el centro para el curso en que solicita plaza o padres o tutores que trabajen en el mismo |
8 | |
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Discapacidad en el alumno o en alguno de sus padres o hermanos |
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Por discapacidad del alumno o alumna |
1 | |
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Por discapacidad de padres/tutores legales o hermanos |
0,5 | |
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Expediente académico |
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Según la nota media del expediente académico. La puntuación máxima en este apartado podrá ser de 0,9 puntos y se obtendrá dividiendo la media aritmética entre 10. Se tomará como referencia el tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria para el acceso a Bachillerato |
de 0,1 a 0,9 | |
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Condición de familia numerosa, monoparental y situación de acogimiento familiar |
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Por cada una de las situaciones |
1 | |
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Criterios de desempate
En caso de empate, se dilucidará el orden final de admisión mediante la selección de quienes obtengan mayor puntuación aplicando uno a uno, y con carácter excluyente, los criterios que se exponen a continuación con el siguiente orden:
- Mayor puntuación obtenida en el apartado de existencia de hermanos o hermanas matriculados en el centro o padres o tutores que trabajen en el mismo
- Mayor puntuación obtenida en el apartado de la proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo
- Mayor puntuación obtenida en el apartado de las rentas
- De mantenerse el empate, éste se resolverá mediante la ordenación alfabética de las solicitudes, de acuerdo con el resultado del sorteo público y único, celebrado en la Consejería competente en materia de educación en la fecha que se determine en el calendario de actuaciones. En dicho sorteo se extraerán dos letras (primera y segunda del primer apellido) y el sentido de la ordenación alfabética, que puede ser ascendente (de la A a la Z) o descendente (de la Z a la A).
Nota
La presentación de la solicitud de plaza en este centro no conlleva obligatoriamente la presentación de la documentación justificativa necesaria. Se adjuntará con carácter voluntario si se desea que sea tenido en cuenta y baremado el/los criterio/s especificados. En caso de ser necesario, estos criterios se justificarán según la documentación oficialmente requerida.